Con respecto a la normativa anterior, el principal cambio es la desaparición de las acciones preventivas, puesto que se alude principalmente a las acciones de corregir, analizar causas y eliminar causas mediante acciones correctivas.
Las no conformidades se producen a partir del incumplimiento de diferentes requisitos. Estos pueden ser, por ejemplo, legales, propios de la norma ISO 9001, propios del propio Sistema de Gestión de Calidad (SGC) o expresados por los clientes.
Cada no conformidad deberá, por tanto, derivar en una acción correctiva. Es decir, la organización ha de establecer medidas necesarias para controlar, corregir y hacer frente a todas las consecuencias del incumplimiento de los requisitos. De este modo, si se produce una no conformidad, lleve esta aparejadas o no las consiguientes quejas, la organización habrá de:
- Reaccionar, tomando decisiones para controlarla y corregirla, y enfrentando las consecuencias que la mentada no conformidad genere
- Evaluar la necesidad de desarrollar acciones que eliminen las causas de dicha no conformidad, a fin de que esta no se vuelva a producir
- Implementar aquellas acciones que se consideren necesarias
- Revisar la eficiencia de las acciones correctivas llevadas a caso
- Realizar, si es preciso, cambios en el Sistema de Gestión de la Calidad